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Martes 14 de Abril del 2020

Perú: Ministro de Justicia, liberaran presos si pagan su deuda sino seguirán presos

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En Perú hay 2700 presos por no pagar pensión de alimentos en favor de sus hijos, el ministro peruano publicita un decreto liberándolos, si pagan la pensión completa, pero ¿sino pagaron antes podrán pagar después de años presos? Mientras el INPE es incapaz de procesar cientos, sino miles de resoluciones del poder judicial ordenando la liberación de procesados, que están desde enero esperando


Un ministro de justicia del absurdo


El ministro de Justicia y Derechos Humanos de Perú, Fernando Castañeda, informo a los medios que hoy, martes 14 el gobierno emitiría un decreto legislativo que permitirá la liberación de 2700 presos por alimentos, siempre y cuando paguen las pensiones que adeudan, por las que fueron recluidos. Esta iniciativa es parte de las medidas que su despacho promueve a fin de reducir el hacinamiento en las cárceles peruanas, que restan sobre pobladas.

Lo extraño es que ya la ex ministra de Justicia, Ana Revilla Vergara, en enero de este año había emitido un Decreto de Urgencia Nº 008-2020 (Ver decreto publicado en el Peruano), modificando el Código Procesal Penal, que permite a los jueces liberar presos con sentencia de alimentos, que pagaran la deuda de alimentos, que los había llevado a la cárcel. 

¿Es posible que un ministro de justicia no conozca los decretos de urgencia que su antecesora emitió? Lo más lamentable es que el ministro no haya estudiado el tema como se debía de hacer. Si lo hubiera hecho, no habría perdido el tiempo en este nuevo decreto que en la practica no servirá para nada. ¿O lo sabe y solo quiso aparecer como preocupado por el hacinamiento que viven las cárceles?

La mayoría de los 2700 presos,a los que se refiere, que tienen condena por omisión de asistencia familiar, más claro, por abandono de sus hijos, y negativa o imposibilidad de pasar una pensión para ellos, si no han salido antes es porque no han podido pagar las pensiones. Los jueces, a través del decreto de urgencia, antes mencionado, están habilitados desde enero a suspender las sentencias de reclusión que ellos mismos ordenaron, si el padre paga por completo lo adeudado a  la madre. De esta forma han salido muchos padres que se negaban a pasar una pensión a sus hijos, que evidentemente contaban con ingresos suficientes para hacerlo, y solo cuando tuvieron una orden de captura y prisión es que pagaron, y regularizaron sus obligaciones.

Si hay todavía 2700 presos que seguramente ni abogado tienen, y están en una condición económica peor de cuando llegaron a prisión, es porque no tienen los recursos para pagar sus deudas. La ley que penaliza con cárcel a los infractores recurrentes al pago de pensiones para sus hijos, es una buena ley, cuando se puede probar que el padre si tiene recursos para cumplir sus obligaciones de asistencia familiar, y se niega a pagar, pasando sus propiedades a terceros a fin de no ser embargados, Sin embargo también hay un gran numero de hombres que sobrevivían con trabajos informales, y dentro de las cárceles no generan recursos, por  lo tanto es absurdo que un ministro de justicia, que antes estuvo en la Defensoría del Pueblo, institución que siempre ha defendido poner penas  a quienes se niegan a pagar la pensión de alimentos, pero no con cárcel, sino trabajos comunitarios, sorprenda a todos con una ley que no descongestionara las cárceles.



El ministro del absurdo
Tenemos un ministro que desconoce lo que hizo su antecesora, y desconoce lo que la institución donde trabajo por años postulaba, cambiar la pena de cárcel por trabajos comunitarios.

El ministro no solo pierde el tiempo en temas que no conseguirán reducir la población penal, sino que no repara que actualmente hay cientos o miles de resoluciones del poder judicial, sin cumplir, ordenando la libertad de presos que han cumplido sus penas, incluido presos que se han acogido a reducción de penas por trabajos o estudios dentro del penal. Esas sentencias son enviadas desde el poder judicial al INPE, ese tramite puede tomar un mes, ya que no se usa medios digitales, como correo electrónico, sino que las resoluciones se envían por correo tradicional. Así que para cuando lo recibe el INPE, un ente burocrático, ya han pasado varias semanas, y pasaran muchas semanas más hasta que el INPE registre en su sistema la orden y la cumpla. Por ello desde enero hay presos esperando que el INPE los libere, y no lo hace. Ya estamos en Abril, y debería el ministro revisar, con el poder judicial, las ordenes de excarcelación que no ha procesado el INPE, y proceder a su liberación, que es de justicia.


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